CONSULTA
En una comunidad que administramos se ha tenido que hacer desatasco y reparación parcial de tuberías que dan servicio únicamente a una escalera de varias que conforman la comunidad.
El coste de este trabajo en otras ocasiones el anterior administrador lo imputó a las viviendas a las cuales solo da servicio esa tubería, aún siendo un elemento comunitario, suscitando polémica.
Rogamos valoración.
RESPUESTA
Salvo que el titulo constitutivo establezca lo contrario, las tuberías bajantes (el artículo 396 CC habla de canalizaciones) son elementos comunes por naturaleza y pertenecen a la integra comunidad con independencia de a qué viviendas o locales dan servicio concretamente.
En base a lo indicado y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.1.e LPH, su reparación y mantenimiento es un gasto a cuya contribución están obligados la totalidad de propietarios conforme a su cuota de propiedad.
Juan Romaguera
Abogado
Puedes ponerte en contacto con nosotros.