Free cookie consent management tool by TermsFeed Policy Generator
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar
Contraseña

Inserta el correo que
quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo
Cerrar


Has olvidado la contraseña?
No tienes Cuenta? Create Una.
Cerrar

Recordar Contraseña

Inserta el correo que quieres cambiar la contraseña

No existe el correo
Se le ha enviado un correo

Servicios

02 Abril 2024

Votación por escrito en las juntas   

CONSULTA

El motivo de mi consulta es porque ayer tuvimos una junta en la cual se procedieron diversas votaciones. Siempre hemos contado los votos con las manos levantadas, pero el nuevo Presidente informó que por Ley se tiene que votar por escrito. Me gustaría saber si realmente es obligatorio votar por escrito y si podemos seguir haciéndolo como siempre.


RESPUESTA

La LPH no establece en absoluto que los votos se tengan que emitir por escrito ni está previsto en ninguno de los artículos de dicha Ley una obligación en tal sentido.

Lo único que debe constar por escrito es la posible representación legal o voluntaria otorgada en su caso por el propietario a favor de la persona que asista a la junta en su lugar (artículo 15.1 LPH).

Todo ello salvo acuerdos específicos que cada comunidad de propietarios pueda acordar en relación a la forma del voto y celebración de juntas dentro de los requisitos legales de la LPH. Recordar que desde 1/1/2022 ya no tiene apoyo legal la celebración de juntas telemáticas en las que podía plantearse el voto por escrito o por correo.

Juan Romaguera

Abogado


¿Tienes dudas respecto a las funciones de este Colegio de Administradores de Fincas? ¿Podemos ayudarte?

Puedes ponerte en contacto con nosotros.